Descripción
Frente a los procesos de acreditación instituidos en nuestro país en el año 1995 por Ley de Educación Superior (Ley Nº 24.521), a lo largo de las dos décadas que han transcurrido desde entonces, se puede observar cierta tendencia creciente a encuadrar bajo su Artículo Nº 43 nuevas carreras universitarias de grado. Ello implica expandir estos procesos desde la concepción y metodologías definidas por la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU) que fue creada a partir de la mencionada norma. Los profesorados ofrecidos por las universidades argentinas podrían incluirse en lo establecido en el Art. 43 en tanto otorgan títulos que corresponden a “profesiones reguladas por el Estado, cuyo ejercicio pudiera comprometer el interés público poniendo en riesgo de manera directa la salud, la seguridad, los derechos, los bienes o la formación de los habitantes [?]”. La Asociación Nacional de Facultades de Humanidades y de Educación (ANFHE), desde hace un tiempo, está procurando gestar un nuevo modelo de evaluación para las carreras de profesorados, sustentándose en una concepción diferente de evaluación.