Descripción
Este tributo, conocido también en otros ordenamientos bajo la denominación de “tasa de seguridad e higiene”, representa para las economías municipales, uno de los principales mecanismos de recaudación y para los contribuyentes de importante actividad económica, una incómoda carga tributaria. La polémica surge en virtud de que su cobro se ha extendido a sujetos y empresas que registran actividad comercial dentro del municipio pero carecen de local comercial, depósito u otra instalación sobre la cual se puedan hacer efectivos los servicios que generan el cobro de la tasa.